El sujeto
La escuela clásica dice que el sujeto es aquel ser o ente capaz de ser titular de derechos y deberes. Doctrinalmente es sinónimo de persona que es aquel ser o ente a quien el ordenamiento jurídico le reconoce poder de voluntad para ser titular de derechos y deberes. A quien no le reconoce no son personas, por ejemplo las cosas y animales. Entonces el ser humano tiene: Derechos subjetivos. Deberes y obligaciones. El sujeto puede ser de dos clases: Personas naturales. Todos los seres humanos Personas colectivas. Son entes constituidos por personas naturales y/o bienes afectados a un fin común, posible, determinado y licito que debidamente organizados son reconocidos por el ordenamiento jurídico que les otorga personalidad. Por la titularidad el sujeto es: Sujeto Activo. Es el titular de un derecho por el cual puede exigir a otro un comportamiento o conducta. Por ejemplo el acreedor. Sujeto Pasivo. Es el titular de un deber. Está obligado a un comportamiento voluntario o forzadamente. Por ejemplo el deudor. El sujeto, pasivo o activo, colectivo o natural, ejercita y exterioriza su voluntad por si mismo a través de un representante.


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